Casación Fiscal Baloyes anuncia recurso contra el fallo que salvó al ‘círculo cero’

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   Rafael Santiago Baloyes Lobos. LA PRENSA/Archivo

La acción de Baloyes suspende los efectos del fallo, en el que también se ordenó levantar las medidas cautelares aplicadas a varios bienes vinculados al hecho investigado.

El fiscal tiene un plazo de 15 días para sustentar su recurso de casación.

El Segundo Tribunal Superior de Justicia, en un fallo firmado por los magistrados Wilfredo Sáenz (ponente) y María de Lourdes Estrada (dirimente), anuló una investigación seguida a Felipe Pipo Virzi, Nicolás Corcione Pérez Balladares, Ricardo Ricki Calvo Latorraca, María del Pilar Fernández –esposa de Alejandro Moncada Luna-, Julián París Rodríguez y Jorge Espino Méndez.

El fallo también beneficia a Alberto Ortega Maltez, Felipe Rodríguez Guardia, Humberto Juárez Barahona, María Gabriela Reyna López, Mauricio Ortiz Quesada, Claudio Poma Murialdo Sommaruga, Óscar Iván Rivera y Francisco Filiu Nigaglioni.

El magistrado Luis Mario Carrasco salvó el voto.

El lunes 10 de octubre, la firma forense Vega & Álvarez presentó una denuncia penal contra la magistrada Estrada, por la presunta comisión de los delitos contra la administración pública, de corrupción de servidor público y/o concusión.

En el fallo, Sáenz y Estrada justifican el cierre de la investigación en el «acuerdo de pena» que pactó Moncada Luna con el diputado fiscal Pedro Miguel González, en el que admite la comisión de los delitos de enriquecimiento injustificado y falsedad de documentos públicos a cambio de una condena de 60 meses de prisión. Dicho acuerdo «conlleva el cierre de la investigación y para todos los elementos que la conforman hace tránsito de cosa juzgada”, lo que Sáenz y Estrada interpretan como un impedimento para que el Ministerio Público investigue a un grupo de 14 personas ligadas a las actividades por las que Moncada Luna fue separado del puesto, procesado y encarcelado.

El diputado fiscal González procesó a Moncada Luna por cuatro delitos, pero finalmente sólo lo acusó por dos de ellos.

Para el magistrado Carrasco, el fallo de Sáenz y Estrada genera una «absurda distorción  del derecho» y de los efectos legales de los acuerdos procesales previstos en el Código Procesal Penal.

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